MITRADEL rechaza suspensión de contratos solicitado por Cobre Panamá

Fecha: 2023-12-05
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La Ministra de Trabajo (MITRADEL), Doris Zapata, reveló este martes que rechazaron la solicitud de la empresa Cobre Panamá para suspender el contrato de sus trabajadores.

Zapata señaló que se le hizo la notificación a la empresa y que esta misma fue apelada por sus representantes legales.

“Yo creo que es importante explicar que nosotros en el Ministerio de Trabajo también tenemos tiempos. En el día de ayer (4 de diciembre), en efecto, recibimos la visita de un sector de los trabajadores que son parte de un sindicato (SUNTRACS). Este sindicato estaba en las protestas del cierre de la mina”, confesó.

La funcionaria reconoció que antes de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declarara el fallo de inconstitucionalidad sobre el contrato minero, han mantenido comunicación con ULTRAMIPA (Unión de Trabajadores de Minera Panamá) porque entiende que ambas partes deben sentarse para llegar a un acuerdo.

“Las angustias de los trabajadores son válidas, pero hay un fallo de inconstitucionalidad. Nosotros en el momento de que se diera el fallo, le explicamos al sindicato que los escenarios teníamos que trabajarlos en función de los resultados, porque éramos dos órganos diferentes y si se daba un fallo de inconstitucionalidad, nosotros entonces teníamos que entrar a ver contenido del fallo”, declaró Zapata.

Agregó que: “Una vez publicado el fallo, se da la presentación el día 29 (de noviembre) de una solicitud de suspensión de contratos por parte de la empresa (Cobre Panamá), que nosotros tenemos que entrar a revisar y también a pronunciarlo”.

El 4 diciembre, Zapata manifestó que se pronunció e hizo la notificación formal a la empresa sobre su decisión en primera instancia de la suspensión de contratos.

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“Hemos cuidado el procedimiento legal y por eso hemos mantenido un poco la discreción, hasta que nosotros no podamos tener realmente este proceso legal que forma parte también del procedimiento que tenemos en estos momentos. Hay un cese de operaciones, que no es temporal, es un cese definitivo y final. Esto trae como consecuencia la terminación laboral de cada uno de los trabajadores. No podemos ir más allá porque los representantes legales de la empresa al presentar una apelación, nos tocará a nosotros sustentar después que ellos sustenten su apelación, para nosotros fallar en segunda instancia con la solicitud de suspensión de los contratos”, explicó.

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