¿VACUNAS CONTRA EL COVID/19?.

Fecha: 2021-07-22
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¿VACUNAS CONTRA EL COVID/19?. NADIE PUEDE OBLIGARTE A ELLO. LEE ESTO. Por. Silvio Guerra Morales El Colegio Nacional de Abogados ha divulgado una clara y precisa posición con respecto a la obligatoriedad o no de la vacunas contra el virus COVID-19 (Comunicado adoptado en fecha de 31 de Agosto de 202O). Algunos distinguidos colegas han salido, igualmente, en los últimos días a publicar artículos en donde expresan el supuesto fundamento constitucional de la obligación que tenemos todos los panameños y quienes habitamos en este país de vacunarnos. No han faltado legos y profanos que también se han expresado, ya sea en redes sociales o en emisoras radiales, sosteniendo que gay que aislar a os que no se vacunan. Aislarlos de sus trabajos, de sitios de concurrencia pública como restaurantes, parques, salones de eventos, etc. Es decir, crear las dos Panamá: Vacunados y no vacunados. Está por demás decir, como se esperaba, que el Colegio Nacional de Abogados ha sido claro y contundente en señalar que no existe tal obligación: Artículo 6 de la Convención Universal sobre Bioética y Derechos Humanos que consagra el principio del consentimiento, libre, racional y espontaneo, ajeno a toda presión, intimidación o amenazas, como pilar o fundamento para la vacunación o ejercicio de la medicina preventiva, diagnóstica y terapéutica. Quisiera, en esta ocasión, referirme en torno al concepto “Obligación” y la posición del ciudadano frente al Estado. Pareciera que estamos olvidando dos cuestiones fundamentales: 1. La primera es que en derecho privado, el particular puede hacer todo aquello que la norma jurídica no le prohíba, y, 2. El Estado, en otro extremo, puede hacer solamente lo que la ley le autoriza o le faculta de modo expreso. Por eso están delimitados los llamados ámbitos de competencia funcionarial, competencia en lo judicial, competencia en lo ejecutivo, competencia en los legislativo o en el parlamento panameño. El Colegio Nacional de Abogados se ha referido, básicamente, al concepto o al principio de la libertad individual, que se asienta en el principio de la autonomía de la voluntad. Todo lo cual viene a significar que una persona que ha alcanzado la edad adulta tiene capacidad jurídica para ser sujeto de derechos y obligaciones, de comprometerse, pero, al mismo tiempo, indica que nadie lo puede conminar, presionar, coaccionar, intimidar a que haga algo en contra de su voluntad. Es persona natural con capacidad de obligarse. La Ley civil dice que todo aquello que es hecho bajo coacción, intimidación, presión o amenazas es nulo, porque se vicia el consentimiento. De manera tal que, el Estado no puede obligar a nadie a ningún panameño, a ningún habitante, a que se vacune por varias razones. La primera es la ya expuesta, esto es que, jurídicamente, no es permitido. Convenios internacionales sobre Bioética y de Salud: UNESCO, HELSINSKI, NUREMBERG, etc.), señalan que la llamada medicina preventiva solo puede aplicarse sino sujeto a la previa conciencia y conocimiento racional de la persona, del ser humano, teniendo claridad plena de qué es aquello que se le va a vacunar o a inyectar. Es ahí en donde opera, de modo singular, la autonomía de la voluntad, exigiendo conocimiento y conciencia de la situación. Pero, en otro orden de ideas, tenemos que, a nivel de pactos y convenciones internacionales, Panamá ha suscrito y ha hecho suyo el llamado Protocolo Robert Koch, el cual debe ser satisfecho y cumplirse en lo que ha materia de experimentación, descubrimientos patógenos y vacunas se refiere, pero previo a ello cumpliendo al pie de la lera con los pasos rigurosos del método científico: Observación, Experimentación, Formulación de Hipótesis y finalmente Leyes Científicas. No puede obligarse a un ciudadano a que se vacune frente aquello de lo cual no se tiene consciencia ni ciencia cierta. “Vacunas génicas”, así ha sido el calificativo con las que han sido llamadas, todo lo cual también significa que aquí no se ha satisfecho el método científico de la experimentación, la verificación y tampoco se cumple con la racionalización de lo que se pretende sea obligatorio para la población. No pocos países han precisado la no obligatoriedad y la no existencia de ningún fundamento jurídico, para obligar a los ciudadanos a que procedan a vacunarse. Ejemplo: La clase forense en España parece tenerlo bien claro. Se dirá: Bueno hubo vacunas en el pasado que eran obligatorias que la persona se pusiera. En primer lugar nunca o fueron, pero sí había clara conciencia de que al ser “auténticas vacunas” desde la óptica científica y luego de los no pocos años de observación, experimentación y descubrimientos de su efectividad, los ciudadanos procedíamos a vacunarnos. Así por ejemplo, la vacuna del polio o la vacuna contra el sarampión, la rubiola, etcétera. Sin embargo, quede claro, esas sí son n vacunas, vacunas que han cumplido con un método científico. Pretender ahora decir que las “Bigpharma” o grandes casas farmacéuticas han sacado, por arte de birli birloque y merced al mega lucro que están obteniendo, que lo que se inyecta las personas es una “vacuna”, nada tan distante de la verdad. Nacieron en tubos de ensayos de esas casas farmacéuticas y sin la previa comprobación o experimentación en animales y y sin contar con la autoridad que da solo el tiempo con el transcurso delos años de prueba, para que así se verifique si es posible o resulta viable. Es tan irracional y que atenta contra toda dignidad y lógica humana el pretender obligar a los ciudadanos a las vacunas, mismas que ni siquiera cuentan con registro sanitario en Panamá ni en ninguna parte del mundo a como tampoco compromiso alguno de responsabilidad para estas “Bigpharma” ante la ocurrencia o surgimiento de daños en el cuerpo humano. Y aún así y a pesar de ello, quieren hablarnos de “obligatoriedad de las vacunas”. Por otra parte, decir: “Bueno, es que la población que no se vacuna es la que va a contagiar”. En todo caso, de que estamos hablando entonces, ya que la población que está sana, esa no puede contagiar, contagian los que están enfermos. Y si la vacuna, como se afirma, dicen que tiene eficacia, lo cual es falso, porque ninguna ha demostrado ser eficaz al cien por ciento, amen de que hay serios estudios que indican que la tal eficacia en mínima, esto es, en porcentajes de 1 al 3% tan solamente. A titulo de conclusión: Qué beneficios reportan las vacunas génicas experimentales contra el covid-19 a las personas?. A nuestro juicio, compartido por no pocos colegas, absolutamente ninguno y he aquí nuestras razones: No inmunizan: la persona vacunada se puede contagiar. No impide contagiar a otros: la persona vacunada puede contagiar a otros. Supuesta Reducción de los síntomas del covid-19, agravación y letalidad: Muy cuestionable, ya que la mayoría, conforme a la definición de covid-19 de la OMS y estadísticas globales, en caso de contraer la enfermedad, no necesitaría de tratamiento especial alguno. Prueba de esto es el altísimo porcentaje de recuperación. En cuanto a los ancianos y grupos de riesgo: Mal se puede asegurar, pues no se hicieron estudios exhaustivos para sus condiciones especiales previos a la solicitud de autorización por emergencia. En cuanto a los niños, solo un mes de estudios de las vacunas contra el covid-19 no resulta convincente, totalmente lo contrario, demasiado riesgoso e innecesario tomando en cuenta la casi nula afectación de consideración y letalidad en niños y jóvenes sanos. Múltiples posibles riesgos adversos de consideración a corto, mediano y largo plazo: Ade, Trombosis, Síndrome Guillian Barré, Ceguera, Efectos Neurológicos, posible esterilidad. El valor real de la reducción del riesgo absoluto y la efectividad real de las vacunas génicas experimentales contra el covid-19 es inferior al 1.5%, según estudio publicado en la revista Lancet (Trabajo científico publicado en la Revista Británica The Lancet Microbe ("Eficacia y efectividad de la vacuna contra la covid-19: el elefante -que no está- en la habitación"), al que atribuyen la conclusión de que la eficacia real de las vacunas es la siguiente: 1,3 % en Astrazeneca, 1,2 % en Moderna, 1,2 % en Janssen y 0,84 % en Pfizer/Biontech). Claro está que con la efectividad relativa alta que mencionan para convencer a la población habría que vacunar a 80 o 90 personas para evitar que uno se contagie. Negocio redondo, pero también totalmente ridículo. Si la vacuna sirve, sin duda alguna, nos inmunizaría frente a la enfermedad, pero si la vacuna no te inmuniza, es obvio que no sirve. En otro orden de ideas, aquí en Panamá, las autopsias fueron suspendidas. Se le dice a los familiares y deudos, a la población, que las personas mueren de COVID, y la pregunta es: Cómo saben la real causa de la muerte?. La autopsia, sin duda alguna, habría dicho cual habrá sido la efectiva causa de muerte. Pánico y terror, miedos y angustias, han empujado a gran parte de la población a tomar decisiones que estima, por la presión de la intervención mediática y el discurso dictatorial de las autoridades, como obligante la pseudo vacuna. Invocar que la salud social, colectiva, como argumento para obligarnos a vacunarnos, nada tan superficial y baladí como semejante excusa. La salud social empieza por una clara lectura de fortalecer el sistema inmune. En eso debe trabajar el Estado y las autoridades de salud. No en meterle miedo y pánico a la población. Quien sabe que el miedo te victimiza, sabe que te controla. Es menester que se han revisados los fundamentos del Derecho Constitucional, los Fundamentos de los Derechos Humanos, los Fundamentos Racionales y Críticos de la Filosofía del Derecho relacionada a la Dignidad Humana, las convenios internacionales en materia de Bioética y Derechos Humanos, porque me parece, respetuosamente, que estamos distantes de estudios rigurosos que aborden el tema. Tal presuntiva obligatoriedad de la población a vacunarse no es viable, desde ninguna perspectiva. El que se quiera vacunar, que lo haga, ese es su derecho. El que no, que no lo haga, también es su derecho libertario y autonómico de la voluntad. Ojo. Cuidado con esos discursos de vacunas obligadas. No saben ni siquiera los efectos dañinos y altamente perversos de lo que pueden ocasionar. De hecho, ya hay familias en donde los vacunados miran mal y contienden en contra de sus propios familiares que han optado por no vacunarse. Guerra entre familias y hermanos?. A dónde nos puede llevar todo esto?. Por favor, seamos responsables de lo que se dice. Y aclaro: No somos anti vacunas. Soy persona vacunada contra el sarampión, la varicela, la rubiola, el polio, la fiebre amarilla, etc., pero esas sí eran vacunas legitimas y auténticas que acreditaron, los sabios que las formularon y descubrieron, mediante el cumplimiento del riguroso método científico de observación, experimentación y comprobación de su efectividad en seres humanos, luego de haber sido probadas en especies de animales, ya sean ratones o monos, conejos o cualquier otro animal. ¡Dios bendiga a la Patria!

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