El ministro de
Comercio e Industrias (MICI),
Julio Moltó, aclaró ante la
Comisión de Comercio y Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional que las actividades comerciales, recreativas o de patrocinio realizadas por la empresa
Minera Panamá no constituyen una autorización para operaciones mineras ni implican reconocimiento de derechos sobre concesiones.
La declaración surge en respuesta a un cuestionamiento público sobre la participación de la empresa en eventos comunitarios y campañas de comunicación. "Cualquier empresa constituida en Panamá puede realizar actividades de responsabilidad social o patrocinios siempre que cumpla con la ley", afirmó Moltó, subrayando que dichas acciones están amparadas por la libertad de expresión, siempre que no infrinjan el marco legal vigente.
El titular del MICI reiteró que la supervisión estatal se mantiene activa y rigurosa: "Estas actividades no implican autorización minera ni reconocimiento de derechos. La supervisión gubernamental se centra en que se cumpla la Resolución 45 y no se desarrollen operaciones de extracciones prohibidas", enfatizó.
La Resolución 45 mencionada por el ministro Moltó emite la declaratoria de inconstitucionalidad del contrato minero, establece la suspensión de toda actividad extractiva por parte de Minera Panamá.