Nacionales | Redacción Panamá Press | 8 de marzo de 2021
Ante la posible creación del nuevo Instituto de Meteorología e Hidrología de Panamá (IMHPA), cuyo proyecto de Ley 491 está en primer debate en la Subcomisión de Población, Ambiente y Desarrollo de la Asamblea Nacional, el Sindicato de los Trabajadores de la Industria Eléctrica y Similares de la República de Panamá (SITIESPA), da a conocer su desaprobación por situaciones que van en perjuicio de los trabajadores de la actual Dirección de Hidrometeorología de ETESA.
El comunicado emitido por este sindicato denuncia que se ha excluido a los trabajadores que quieren ser trasladados al IMHPA de las consultas en temas primordiales y en los que se verán afectados al perder estabilidad laboral, por estar expuestos a cambios políticos, el irrespeto a la convención colectiva vigente y la prohibición de participar en sindicatos.
Este cambio no pedido por ningún trabajador de Hidrometeorología de ETESA, en la práctica es un retroceso en su desarrollo profesional, laboral y humano; puesto que no se les reconoce su convención colectiva ni su sindicato y dejarán de percibir los beneficios que les brinda la colección colectiva… lo que se traduce en una reducción real de los ingresos o remuneración de todos los trabajadores, cita el comunicado.
SITIESPA tilda de inaceptables las condiciones que propone el proyecto de Ley 491 y denuncia que la representación asignada por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) en los debates ante la Subcomisión Legislativa, deja en indefensión a los trabajadores.
Por su parte Ramiro Guerra, abogado y asesor legal de esta organización de trabajadores, expresó que “desde el primer momento que se sugirió la creación del Instituto, el Sindicato y los trabajadores de ETESA, lo vieron como algo positivo, pero el Ministerio de Ambiente, que elaboró el proyecto, no tomó en cuenta algunos puntos relacionados con la parte laboral y que soslayan la participación de los trabajadores y su sindicato, excluyen a los trabajadores del ámbito del Código de Trabajo, la convención colectiva y el derecho a la existencia del sindicato, lo que riñe con las recomendaciones y procedimientos de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), que permite a los empleados y trabajadores públicos organizarse en sindicatos y negociar convenciones colectivas”.
Para Guerra, lo anterior contradice la política del Mitradel que, en los últimos años, les ha reconocido personería jurídica a sindicatos en la administración pública.
Finalmente, el SITIESPA hace un llamado al diálogo a los Ministerios de Ambiente y Trabajo y Desarrollo Laboral, así como a los diputados de la Subcomisión, que permita realizar las modificaciones al proyecto de Ley 491, que garanticen la aplicación de los Convenios 87 y 98 de la OIT y el Código de Trabajo, como las herramientas legales a regular las relaciones laborales en el Instituto de Meteorología que está por crearse.